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Hasta 6 años de cárcel a quien obstaculice la orientación sexual en Baja California Sur

La Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia del Congreso del Estado, se encuentra analizando la propuesta para imponer una pena de 2 a 6 años de prisión, así como una multa, a quien obstaculice la orientación sexual de una persona en contra de una voluntad, y se persiga de oficio.   

La iniciativa fue entregada al legislativo por los ciudadanos Cintya Dinorah Omart López y Rafael Loera Vázquez, quienes piden que además de la condena en prisión, se pague una multa de 1,000 a 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien realice e imparta, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice o suprima la orientación sexual identidad o expresión de género de una persona.  

La iniciativa indica que quedan excluidos de la sanción penal a los profesionistas que, en el ejercicio de la práctica en psicología o psiquiatría les sea solicitado algún tratamiento por una persona que estime padecer “distrofia de género”, así como los padres de familia o tutores que soliciten el servicio profesional para sus menores hijos; sin embargo, si es que incurren en esas conductas sancionadas, se aplicarían amonestaciones o apercibimiento a consideración del juez.  

Por otra parte, las sanciones se duplicarán, cuando la persona autora tuviese alguna relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquiera que implique una subordinación de la víctima, así como quien se valga de la función pública, y cuando se emplee violencia física, psicológica o moral. 

En adición, para la función pública, se castigaría con la destitución e inhabilitación para desempeñar otro cargo público o similar hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.  

Para culminar, se indicó que, tras la lectura del proyecto en la sesión ordinaria del pasado 18 de abril (2024), se turnó a la Comisión Permanente de Asuntos Constitucionales y de Justicia, para que se busque aprobar la modificación del artículo 205 Bis del Código Penal de Baja California Sur. 

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Isabel A. González Cruz

licenciada en Ciencias de la Comunicación con maestría en Mercadotecnia por la Universidad Istmo Americana, con más de 10 años de experiencia como editora en diferentes medios de comunicación de prensa escrita y digital, apasionada del cine y entretenimiento.

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